Lo primero en este tipo de divorcios es que los cónyuges tengan claro lo que quieren hacer con los bienes gananciales en común. Pueden decidirse cuestiones tales como: quién hará uso de dichos bienes, sin modificar la propiedad, o bien adjudicando la propiedad de los bienes a título individual liquidando el régimen económico matrimonial en el propio Convenio Regulador.
Si por el contrario nos encontramos ante un régimen de separación de bienes, los bienes ya son propiedad de cada uno de los cónyuges por separado, por lo que en la mayoría de los casos no será necesario efectuar la liquidación.
¿Cuánto nos va a costar? 200€ a cada cónyuge.
Por último, cabe destacar respecto al régimen económico de gananciales, que aunque resulta necesario liquidar dicho régimen, nosotros generalmente posponemos la liquidación, con la intención de acelerar la disolución del matrimonio y poder estudiar posteriormente con más detalle determinados acuerdos.